El protocolo de actuación en caso de accidente será el siguiente, dependiendo de la Federación a la que esté adscrito el federado, en todo caso, siempre habrá que ponerlo en conocimiento del Club a la mayor brevedad posible.
El objeto del seguro será, cubrir las lesiones corporales accidentales sufridos por los asegurados con motivo de la practica deportiva, en los terminos previstos por el R.D 849/1993, de 4 junio. Las Asistencias Médicas cubiertas por la póliza serán prestadas en centros médicos o por facultativos concertados por la entidad
Deberán cumplirse en todos los casos los siguientes pasos:
1. COMUNICACION DEL ACCIDENTE:
- El accidente deberá ser comunicado en un plazo máximo de 7 días a la plataforma de siniestros de AON Federaciones Deportivas, llamando al teléfono 914891268, en horario de Lunes a Jueves de 9.00 a 14.00 y de 15.30 a 18.30, Viernes de 9.00 a 15.00
- Se procederá a la apertura del expediente correspondiente donde se le solicitará al federado:
- Tras analizar el expediente por parte de la aseguradora se le dará respuesta al federado y autorización de asistencia si fuera objeto de cobertura.
- Para solicitar seguimiento posterior de tratamiento o pruebas complementarias será el propio Centro Médico quien lo solicite a la compañía y se le enviará la autorización al Centro Medico que lo solicite.
2. URGENCIAS:
Se entiende como tal la atención sanitaria cuya demora pueda acarrear agravamiento de la lesión, dolor extremo, o necesidad de acudir inmediatamente en el momento posterior al accidente, siempre y cuando tal asistencia sea Objeto del Seguro y dentro de las primeras 24 horas desde que se produce el Accidente Deportivo.
En este caso el federado deberá llamar al teléfono de asistencias 24 horas 902 108 509 ( URGENCIAS ) donde le coordinarán la asistencia de urgencia en un centro concertado.
3. URGENCIA CLINICA VITAL:
Solo en caso de Urgencia Clínica Vital podrá acudir directamente al centro sanitario más próximo. Una vez superada la primera asistencia de urgencias, el lesionado deberá ser trasladado a un centro médico concertado. En caso de que permaneciera en CENTRO MÉDICO NO CONCERTADO la Compañía no se hará cargo de los costes por la atención prestada. La Compañía no se hará cargo de los gastos derivados de asistencias en centros no concertados o de la Seguridad Social salvo en los casos de urgencia vital. En el caso de que se facturaran a la Compañía, ésta podría repercutirlos al asegurado. El federado deberá comunicar el primer día hábil su circunstancia a la plataforma de de siniestros de AON para la apertura del expediente.
A TENER EN CUENTA:
Les recordamos que la póliza de la Federación se rige según el Real Decreto 849/1993 por la cual se incluyen las lesiones derivadas de accidente deportivo, es decir, por traumatismo puntual, violento, súbito y externo, durante la práctica deportiva, siempre que no sean debidos a lesiones crónicas y/o preexistentes; se excluyen también las enfermedades o patologías crónicas derivadas de la práctica habitual del deporte, por microtraumatismos repetidos, tales como tendinitis y bursitis crónica, artrosis o artritis, hernias discales, y en general cualquier patología degenerativa.
Descarga del documento del protocolo de actuación.
El objeto del seguró será el dar cobertura a las lesiones corporales accidentales sufridas por los asegurados en la práctica Deportiva, en los términos previstos en el R.D.849/1993 de 4 de junio Las asistencias médicas cubiertas por la póliza se realizarán en centros médicos o por facultativos concertados con la compañía aseguradora. Solo en caso de urgencia vital se podrá asistir directamente al centro sanitario más próximo y siempre de acuerdo con los términos especificados en el apartado “ URGENCIA CLINICA VITAL” de este protocolo
1. COMUNICACION DEL ACCIDENTE.
El accidente deberá ser comunicado en un período máximo de 7 días a la plataforma de Aon Federaciones Deportivas de la siguiente manera:
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OBSERVACIONES A TENER EN CUENTA:
2.- URGENCIAS.
2.1 Se entiende por urgencia como tal la atención sanitaria cuya demora pueda comportar un agravamiento de la lesión, dolor extremo, o necesidad de acudir inmediatamente en el momento posterior al accidente, siempre y cuando ésta asistencia sea Objeto del Seguro y dentro de las 24 horas posteriores al accidente.
2.2 En este caso el federado deberá llamar al teléfono de asistencia 24 horas, dónde coordinarán la asistencia a urgencias en el centro concertado:
902 108 509 ( URGENCIAS )
3. URGENCIA CLINICA VITAL:
Solo en caso de Urgencia Clínica Vital podrá acudir directamente al centro sanitario más próximo. Una vez superada la primera asistencia de urgencias, el lesionado deberá ser trasladado a un centro médico concertado. En caso de que permaneciera en CENTRO MÉDICO NO CONCERTADO la Compañía no se hará cargo de los costes por la atención prestada. La Compañía no se hará cargo de los gastos derivados de asistencias en centros no concertados o de la Seguridad Social salvo en los casos de urgencia vital. En el caso de que se facturaran a la Compañía, ésta podría repercutirlos al asegurado. El federado deberá comunicar el primer día hábil su circunstancia a la plataforma de de siniestros de AON para la apertura del expediente.
* Le recordamos que:
Descarga del documento del protocolo de actuación.